FASES PARA ACOGERTE A LA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD:

A través de la Ley de segunda oportunidad, una persona puede solicitar la cancelación de sus deudas. Las fases del procedimiento son:

FASE 1: Presentación de la demanda (concurso).

FASE 2: Cancelación de las deudas.

FASE 1: Tramitación del Concurso de persona física

El concurso de persona física o también llamado concurso consecutivo es el procedimiento previsto en la Ley de Segunda Oportunidad que se tramita en el juzgado del domicilio o provincia del deudor.

Se presenta una demanda para que el Juzgado declare el concurso de la persona física.

Ejemplo: presentado el concurso se paralizan los intereses de la deuda y los embargos, apremios de la administración y los procedimientos judiciales.

FASE 2: Cancelación de las deudas

Una vez declarado el concurso y finalizado el proceso, llega el momento de solicitar la cancelación de las deudas siempre que se cumplan ciertos requisitos.

Ejemplo: siendo considerado deudor de buena fe, el Juez procede a exonerarlo de todas sus deudas, pudiendo éste comenzar de nuevo, ofreciéndole tal y como la propia Ley indica, una “Segunda Oportunidad”.